PENA DE MUERTE SUMARÍSIMA
Escribe Guillermo Torremare*
En los albores de la recuperación democrática, explicando el concepto por medio del absurdo, el criminólogo Elías Neuman solía decir a sus alumnos que estaba dispuesto a aceptar la pena de muerte como sanción penal a cambio de que la misma no sea practicada cotidianamente en forma sumarísima por las fuerzas de seguridad.
Claro que Neuman no aceptaba la pena de muerte, pero con aquella provocadora expresión quería demostrar que, más allá de la prohibición legal, la misma existía, estaba en manos de las policías y era ejecutada sin derecho a defensa alguna.
La Resolución 956 del Ministerio de Seguridad, publicada ayer en el Boletín Oficial, viene a implementar la pena de muerte en aquella versión sumarísima policial.
Desde hoy las fuerzas de seguridad podrán hacer uso y abuso de sus armas de fuego en situaciones que hasta ahora tenían vedadas, como cuando el presunto delincuente solo posea un arma letal -aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal-, o cuando se presuma que el sospechoso pueda poseer un arma letal, o cuando se fugue luego de haber intentado causar muertes o lesiones, entre otros supuestos.
La ministra Patricia Bullrich, la misma que aprueba que cualquiera ande armado, a sola firma acaba de derogar los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Nacional y el Código Penal Argentino, echando por tierra la calidad de bien jurídico protegido que reviste la vida de todas y cada una de las personas.
Es sabido en derecho que debe existir proporcionalidad entre la conducta que se despliega para repeler un delito y el delito que se intenta reprimir, como también que el personal policial debe obrar de modo de reducir al mínimo los daños y anteponer la preservación de la vida humana al éxito de su actuación. Todo ello ha sido abolido a partir de la naciente facultad policial de tirar a matar, sin aviso previo, hasta a quien está huyendo.
Siempre nos alarmamos de que desde 1984 hasta el presente fueran más de 5.000 los muertos a consecuencia del accionar de distintas fuerzas de seguridad y que solo los responsables de unos pocos casos emblemáticos resultaran finalmente juzgados y condenados.
Esa preocupación será histórica. A partir de ahora aumentarán las víctimas de la violencia institucional en su más cruel expresión. Y no podremos hablar de impunidad porque las peores conductas represivas dejarán de ser reprochables.
Con la entrada en vigencia de la Resolución 956 Argentina ha decidido abandonar la poca cautela penal que mantenía. A partir de ahora solo puede esperarse el descontrol.
*Abogado. Secretario de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
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